Diciembre 6 de 1904
Uno de los instrumentos más efectivos de la paz es la Doctrina Monroe, como ha sido y está siendo gradualmente desarrollada por esta nación y aceptada por otras. Ninguna otra política podría haber sido más eficiente para promover la paz en el hemisferio occidental Y para dar a cada nación, posteriormente, la oportunidad de desarrollarse de acuerdo con sus propios lineamientos. Si nos hubiéramos rehusado a aplicar la Doctrina a las condiciones cambiantes, ahora estaría completamente gastada, no cumpliría con ninguna de las necesidades actuales, y, de hecho, es probable que para este tiempo se hubiera hundido en el completo olvido.
Es útil internamente, y se le reconoce en el exterior, debido a que hemos adaptado su aplicación para que cumpla las necesidades cambiantes y crecientes del hemisferio. Al anunciar una política como la Doctrina Monroe, nos comprometemos, por tanto, a las consecuencias de la política, y estas consecuencias se alteran de tiempo en tiempo. Está fuera de cuestión reclamar un derecho y después eludir la responsabilidad de su ejercicio. No sólo nosotros, sino todas las repúblicas americanas que se benefician con la existencia de la Doctrina, deben reconocer las obligaciones de cada nación respecto a los pueblos extranjeros, no menos que su deber de insistir en sus propios derechos.
El que nuestros derechos e intereses estén profundamente preocupados por mantener la Doctrina, es tan claro que no necesita argumentarse. Esto es especialmente verdad en vista de la construcción del Canal de Panamá. Como simple asunto de autodefensa, debemos ejercer estrecha vigilancia sobre los accesos a este canal, lo que significa que debemos estar completamente despiertos en cuanto a nuestros intereses en el mar Caribe.
Existen ciertos puntos esenciales que nunca deben olvidarse en lo que respecta a la Doctrina Monroe. En primer lugar, debemos, como nación, hacer evidente que no intentamos usarla de ninguna forma o manera, como una excusa para nuestro engrandecimiento a expensas de las repúblicas del Sur. Debemos reconocer el hecho de que en algunos países sudamericanos ha habido muchas sospechas de que pudiéramos interpretar la Doctrina Monroe- de alguna forma que fuera hostil a sus intereses y debemos intentar convencer a todas las demás naciones de este continente, de una vez por todas, de que ningún gobierno justo y ordenado tiene nada que temer de nosotros.
Existen ciertas repúblicas al Sur de la nuestra que han alcanzado ya tal grado de estabilidad, orden, y prosperidad, que ellas mismas, aunque no del todo conscientemente, se encuentran entre los garantes de esta Doctrina. Actualmente nos confrontamos con estas repúblicas no sólo sobre bases de completa igualdad, sino con un espíritu de amistad franca y respetuosa, que esperamos sea mutua. Si tan sólo todas las repúblicas al Sur de la nuestra crecieran como ya han crecido aquéllas a las que aludo, toda nuestra necesidad de ser los campeones especiales de la Doctrina desaparecería, pues ninguna república americana estable y creciente desea ver una gran potencia militar no americana adquirir territorios a su alrededor. Todo lo que este país desea es que las otras repúblicas de este continente sean felices y prósperas; y no pueden serlo a menos que mantengan el orden dentro de sus fronteras y se comporten con una justa consideración hacia sus obligaciones con el extranjero.
Debe entenderse que bajo ninguna circunstancia los Estados Unidos usarán la Doctrina Monroe como pretexto para la agresión territorial. Deseamos la paz con todo el mundo, pero quizá, más que con ninguno, con los pueblos del Continente Americano. Existen, por supuesto, límites a las ofensas que una nación que se respete puede soportar. Siempre es posible que las acciones ofensivas hacia esta nación o hacia los ciudadanos de esta nación, de algunos Estados incapaces de mantener el orden entre su gente, incapaces de asegurar la justicia hacia los extranjeros, y poco dispuestos a hacer justicia a los extranjeros que la tratan bien, pudieran llevarnos a adoptar acciones para proteger nuestros derechos; pero tales acciones no se adoptarían con miras a una agresión territorial y serían adoptadas sólo con una extrema aversión y cuando se haya hecho evidente que cualquier otro recurso ha sido agotado.
Además, debemos evidenciar que no intentamos permitir que la Doctrina Monroe sea usada, por cualquier nación de este continente, como un escudo para protegerse de las consecuencias de sus propias malas acciones en contra de naciones extranjeras. Si una república al Sur de la nuestra comete un agravio en contra de una nación extranjera, como lo es un ultraje en contra de un ciudadano de esa nación, entonces la Doctrina Monroe no nos obliga a interferir para evitar el castigo a ese ultraje, salvo para ver que el castigo no asuma la forma de una ocupación territorial bajo cualquier forma.
El caso es más difícil cuando se refiere a una obligación contractual. Nuestro propio gobierno siempre se ha rehusado a imponer tales obligaciones contractuales, en beneficio de sus ciudadanos, mediante un llamado a las armas. Sería muy deseable que todos los gobiernos extranjeros adoptaran este punto de vista. Pero no lo hacen; en consecuencia, estamos sujetos en cualquier momento a enfrentamos cara a cara con alternativas desagradables. Por un lado, este país seguramente se negaría a ir a la guerra, para evitar que un gobierno extranjero cobrara una deuda justa; por otro lado, es muy poco aconsejable permitir que una potencia extranjera tome posesión, aún temporalmente, de las oficinas aduanales de una república americana para obligarla al pago de sus obligaciones, pues tal ocupación temporal podría convertirse en una ocupación permanente.
El único escape a estas alternativas podría ser que, en cualquier momento, tuviéramos que asumir el establecimiento de algún acuerdo para el pago de la mayor parte posible de una obligación justa. Es mucho mejor que este país lleve a cabo tal acuerdo, en lugar de permitir que cualquier nación extranjera lo asuma. El hacerlo así asegura que la república incumplida tenga que pagar una deuda de carácter impropio bajo coacción, mientras que también asegura a los acreedores honestos de la república que no serán echados a un lado por los intereses de acreedores deshonestos y codiciosos. Además, el que los Estados Unidos asuma tal posición ofrece el único medio posible de asegurarnos contra un enfrentamiento con alguna potencia extranjera. Esta posición es, por lo tanto, en interés de la paz, así como en interés de la justicia. Es en beneficio de nuestro pueblo; es en beneficio de los pueblos extranjeros y, más que nada, es en realidad en beneficio de las personas del país a que concierna.
Esto me lleva a lo que debería ser uno de los objetivos fundamentales de la Doctrina Monroe. Nosotros mismos, de buena fe, debemos intentar ayudar a ascender a la paz y al orden a aquellas de nuestras repúblicas hermanas que necesiten tal ayuda. Al igual que ha existido un crecimiento gradual del elemento ético en las relaciones de un individuo con otro, también nosotros, aunque despacio, estamos llegando a reconocer más y más el deber de soportar la carga de los otros, no sólo entre individuos, sino también entre naciones.
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